El Servei d'Ocupació de Catalunya (SOC), mediante esta convocatoria, promueve la prórroga de la contratación de los Agentes de Ocupación y Desarrollo Local (AODL) para dinamizar, promover y ejecutar en cooperación con otros agentes sociales y económicos del territorio, programas y medidas que favorezcan la promoción económica en su territorio de actuación, buscando un crecimiento económico sostenible generador de ocupación.
Los AODL son personal técnico, titulados/as superiores o de grado medio, que trabajan a tiempo completo en un proyecto de desarrollo local impulsado por los entes locales o por las entidades dependientes o vinculadas a una administración local.
La cuantía de la subvención llegará hasta el 80% de los costes laborales totales del agente de ocupación y desarrollo local, con un máximo de 27.045,55 euros al año por cada contratación subvencionada, que se concedirá por períodos anuales.
La concesión de la subvención queda condicionada al hecho que se acrediten suficientemente, de una parte, los resultados conseguidos, debidamente cuantificados, en relación con los que se preveía alcanzar en el plan de trabajo del agente de ocupación y desarrollo local y, por otra, los que se pretenden alcanzar con el nuevo plan de trabajo presentado, en el marco del Plan de acción de desarrollo económico local o supralocal aprobado.
Se encuentran en el subapartado "Prórroga de los Agentes de ocupación y de desarrollo local" de Impresos del Departament: http://www.gencat.cat/treball
Las entidades locales de Catalunya, sus organismos autónomos y las entidades con competencia en materia de desarrollo local y de promoción de la ocupación, que tengan AODL aprobados en el ejercicio anterior.
Presupuesto destinado a la convocatoria: 11.000.000 euros.
Cofinanciación del Fondo Social Europeo.
Se establece un plazo único que se inicia el 14 de mayo de 2010 y finaliza el 15 de septiembre de 2010.
Las prórrogas de la subvención para la contratación de agentes de ocupación y desarrollo local se podrán iniciar, una vez abierta la convocatoria, a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud (salvo la excepcionalidad de la disposición transitoria de la Resolución TRE/1487/2010, de 6 de mayo) hasta el 31 de diciembre de 2010 y tendrán una duración máxima de un año.
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